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Nueva denuncia muestra que el uso del confinamiento solitario por parte de ICE es excesivo

Nueva denuncia muestra que el uso del confinamiento solitario por parte de ICE es excesivo

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“Si hablé muy alto, solitario. Si me subí encima de una mesa para llamar la atención de un guardia, solitario. Si tuviera pensamientos suicidas, solitario. Cuando los guardias se burlaban de mí por ser deportado de regreso a mi país de origen y me hacían sonidos de aviones y me hacían gestos como si un avión me llevara, me molestaba y luego me sentía sola por estar molesta”.

Esta es la realidad a la que están sujetas las personas en el centro de detención por contrato de Denver en Aurora, Colorado. Esta prisión, donde el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de EE. UU. (ICE, por sus siglas en inglés) detiene a personas con procedimientos de inmigración pendientes o recientemente completados, tiene un patrón de uso excesivo del confinamiento solitario.

Esta semana, el Consejo Estadounidense de Inmigración, el Proyecto Nacional de Inmigración (NIPNLG) y la Red de Defensa de los Inmigrantes de las Montañas Rocosas (RMIAN) presentaron una queja con múltiples órganos de supervisión, citando el grave uso indebido del confinamiento solitario, así como otros casos de servicios médicos inadecuados en las instalaciones propiedad del Grupo GEO.

Esta es la cuarta queja que el Consejo ha estado involucrado en presentar contra la instalación de Aurora en los últimos cuatro años en relación con la atención médica, la discriminación, el uso excesivo de la fuerza y ​​otros abusos. En esta denuncia más reciente, ocho personas actualmente o recientemente detenidas en las instalaciones de Aurora brindaron relatos de primera mano de sus experiencias al intentar acceder a atención médica y el uso inapropiado y punitivo del confinamiento solitario.

Un tema recurrente en la denuncia es el uso del régimen de aislamiento para personas con enfermedades mentales importantes. Cada uno de estos individuos informó un rápido deterioro cuando se les puso en aislamiento, y algunos fueron empujados a las alucinaciones. mientras ICE requiere revisión específica de confinamiento cuando alguien es colocado en aislamiento (también conocido como Unidad de Vivienda Solitaria o “SHU”), se informó universalmente en la denuncia que esto no se hizo (también conocido como Unidad de Vivienda Solitaria o “SHU”), se informó universalmente en la denuncia que esto no se hizo.

Además de la falta de revisión después de que alguien fue enviado a confinamiento solitario, la queja incluye informes de uso indebido extremo del aislamiento en primer lugar. Por ejemplo, un individuo informó que primero lo colocaron en la SHU por comer demasiado despacio. Otro informó haber sido amenazado con aislamiento si no cambiaba la litera en la que estaba durmiendo. El uso y la amenaza del aislamiento para obligar al cumplimiento está en contradicción con la propia directiva de ICE.

La denuncia también cita el incumplimiento de la ley federal de discapacidad por parte del centro. La Sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973, que ICE acuerda que se aplica a sus instalaciones, requiere que una instalación acomode razonablemente a una persona con una discapacidad. Dicha discapacidad incluye discapacidades físicas, psicológicas e intelectuales. Específicamente, la sección 504, así como los estándares de detención de ICE, requieren que las personas con discapacidades tengan acceso a la atención médica necesaria.

En la práctica, sin embargo, la amenaza de poner a alguien en régimen de aislamiento actúa como un elemento disuasorio para que las personas con discapacidades de salud mental en particular accedan a la atención, por temor a ser recluidas en régimen de aislamiento. Además, cuando las personas intentaron acceder a los servicios de salud mental, informaron de una atención sumamente inadecuada e inapropiada, incluido el uso de la doctrina religiosa en lugar de los servicios médicos de salud mental. Este tipo de abandono ha resultado en múltiples muertes en los últimos años.

En última instancia, la denuncia solicita una recomendación de los órganos de supervisión para cerrar la instalación, debido a su larga historia de incapacidad o falta de voluntad repetidas para brindar atención médica adecuada y abuso de personas detenidas. A menos que se cierre, la queja solicita una investigación sobre los informes de malversación de miembros individuales del personal con suspensiones en las deportaciones de los denunciantes, cambios sistémicos en las políticas relacionadas con el uso del confinamiento solitario, capacitación adicional para el personal sobre los deberes de cuidado requeridos bajo los estándares de ICE y la ley federal, y la supervisión específicamente del cumplimiento de la sección 504 de la Ley de Rehabilitación.

Los defensores han estado presentando solicitudes ante los organismos de supervisión del gobierno durante años con respecto a los mismos problemas de negligencia médica, discriminación y uso indebido de medidas punitivas en las instalaciones de Aurora. Es hora de que los órganos de control reconozcan que estos problemas no se abordarán de manera significativa y recomienden su cierre.

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